Cualquier cobrador de deudas que se comunique con usted para reclamarle el pago de una deuda está obligado por ley a proporcionarle cierta información sobre la deuda. Esa información debe incluir:
Si el cobrador de deudas no proporciona esa información en el primer contacto que tenga con usted, deberá enviarle una notificación por escrito que incluya esa información dentro de los cinco días posteriores a su comunicación.
Usted tiene 30 días para disputar una deuda o parte de una deuda desde que recibe la información requerida del cobrador de deudas. Una vez que disputa la deuda, el cobrador de deudas no puede llamarlo ni comunicarse con usted para cobrar la deuda o la parte en disputa hasta que el cobrador de deudas le haya proporcionado una verificación de la deuda por escrito. Su disputa debe hacerse por escrito para asegurarse de que el cobrador de deudas le envíe una verificación de la deuda.
También puede solicitar que el cobrador de deudas le dé el nombre y la dirección del acreedor original, si es diferente del acreedor actual. Si hace esa solicitud por escrito dentro de los 30 días siguientes, el cobrador debe detener todas las actividades de cobro hasta que le proporcione esa información.
Asegúrese de que su carta esté fechada. Luego haga una copia de su carta y envíe el original al cobrador. Por lo general, es una buena idea enviar la carta por correo certificado. Si paga por un “acuse de recibo”, también tendrá la prueba de que el cobrador de deudas recibió su carta. También puede enviar la carta por fax, solo asegúrese de guardar el recibo de confirmación.